AVISO Y SOLICITUDES AULA CONCILIA CURSO 20- 21

AVISO Y SOLICITUDES AULA CONCILIA CURSO 20- 21

INSCRICIÓN   AULA CONCILIA – CURSO 2020-2021

Adaptándose a la normativa vigente de aplicación en materia de Covid-19, el Ayuntamiento del Pereiro de Aguiar ha previsto continuar con el Programa de Conciliación (Aula Concilia) del próximo curso 2020-21 a partir de 10 de septiembre . Podrán acceder a él aquellas familias que, teniendo hijos/las en edad escolar, entre 3 y 12 años, necesiten compatibilizar sus horarios laborales y familiares.

Inscripción: de 27 de julio a partir de las 9.00 h hasta el día 7 de agosto a las 24.00 h., se podrá realizar presencialmente (solicitando cita previa en el Tfno.: 988 31 59 05) o a través de la sede electrónica. Se deberá cubrir una solicitud por cada niño/la.

Publicación de las listas de admitidos: 28 de agosto, en la página web del ayuntamiento (www.pereiro.gal) y en el blog del aula ( piratasdaauladabaixo. blogspot. com).

Plazo de subsanación de errores: del 28 agosto a 1 de septiembre (ambos incluidos).

Publicación de las listas definitivas: 4 de septiembre en la página web del ayuntamiento (www.pereiro.gal) y en el blog del aula ( piratasdaauladabaixo. blogspot. com).

Las plazas para la participación en el Programa tarde-noche otorgadas teniendo en cuenta la situación socioeconómica de cada familia (IRPF 2019, hasta 6,5 veces el IPREM).

Requisitos imprescindibles:

  • Que los progenitores se encuentren en situación de incompatibiliadade horaria para el cuidado de sus hijos/las, e imposibilidad de teletraballar.
  • Que lo/a progenitor/a solicitante y lo/a niño/la estén empadronados/las en el Ayuntamiento del Pereiro de Aguiar

DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR

  1. Solicitud cumplimentada y firmada (podrán descargarla de la página web del ayuntamiento o del blog del aula pirata)
  2. Copia del DNI del/la solicitante
  3. Copia de la tarjeta sanitaria del niño/la.
  4. Certificado/ s de empresa, en el/ s que figure el horario laboral de los dos progenitores y en el que conste expresamente la imposibilidad de acogerse al teletrabajo.
  5. Declaración IRPF del año 2019, o certificado de no tenerla presentada (negativo de hacienda).
  6. Vida laboral (u otra documentación acreditativa de la situación en activo, o similar ) de ambos progenitores.
    1. Los Autónomos: Recibo del último mes de pago de la cuota de la Seguridad Social en la que figure como autónomo.
  7. Declaración responsable con respeto al Covid-19.
  8. En el caso de familias monoparentales: acreditación correspondiente.

Debido la actual situación, relacionada con el Covid-19, el número de plazas será limitado, siguiendo las medidas de seguridad impuestas por la Adminstración.

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